Requisitos Instituciones de Microfinanciamiento
• Ser persona moral legalmente constituida de acuerdo a la legislación vigente que tengan entre sus objetivos el desarrollo rural o el financiamiento a proyectos productivos del sector rural, que cumpla con la normatividad financiera conforme a la legislación mexicana y con capacidad operativa y técnica y viabilidad financiera para canalizar los apoyos del FOMMUR, de acuerdo con los requerimientos establecidos en el Manual de políticas de crédito del FOMMUR.
• Comprobar haber estado en funcionamiento activo durante, al menos, un año anterior a la fecha de solicitud de participación en el FOMMUR, operando en la zona de atención que haya sido señalada en el programa operativo-financiero que presente para su aprobación al Comité Técnico por conducto del Secretario Técnico del FOMMUR; En el caso que el solicitante no pueda acreditar haber estado otorgando microcréditos o en funcionamiento activo durante el año previo, el Comité Técnico podrá autorizar, en su caso, la participación como Institución de Microfinanciamiento en un esquema de fortalecimiento y capacitación para la adopción de la metodología de las microfinanzas.
• Tener una base social de por lo menos 200 mujeres en la zona de influencia presentada en el programa operativo financiero, que justifique el apoyo financiero del FOMMUR.
• Gozar de solvencia moral y reconocimiento social en la zona de influencia y tener personal e instalaciones con capacidad operativa suficiente.
• Contar con capital y/o patrimonio suficiente así como con capacidad financiera razonable para atender los compromisos que contraiga con el FOMMUR.
|